El Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol ha dado la razón a la familia de Mariano Yáñez López, trabajador de la antigua Bazán fallecido como consecuencia de su exposición al amianto. El magistrado Alejandro Gracia Lafaja fija en la sentencia una indemnización de 133.000 euros a pagar entre Navantia e Izar Construcciones navales en liquidación en concepto de daños y perjuicios. Aunque el fallo no es firme porque contra el mismo cabe recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
Mariano Yáñez había nacido en 1937 e ingresó en la vieja Bazán en 1952 como aprendiz de mecánicos. En 1956 fue clasificado como oficial de 3ª ajustador montador en monturas a flote. A partir de 1965 fue conductor de una autogrúa y en 1987 cambió a chófer. Tras otro destino, en 1992 causó baja en la empresa al habérsele reconocido por la Seguridad Social el grado de incapacidad permanente total.
Fue en la fase de ajustador montados en monturas a flote, es decir, el estadio de construcción de un buque tras su botadura, cuando estuvo más expuesto al amianto. Este material se utilizó profusamente en la fabricación de barcos por ser un buen aislante. Se cubrían con él calderas y conducciones de calor, pero es también un potente cancerígeno hasta el punto de que en 1982 Bazán dejó de utilizarlo y en el 2002 se prohibió definitivamente su uso en España.
Ya enfermo, en el 2005 el servicio de Neumología del hospital Arquitecto Marcide le diagnosticó asbestosis, el mal que provoca el amianto (asbesto). Que se agudiza en años posteriores con fibrosis pulmonar. A partir del 2008 precisó oxígeno en su domicilio, con continuos ingresos hospitalarios, hasta que en marzo del 2012 falleció. En el 2009 la Seguridad Social le había declarado una incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad profesional. El letrado de la familia, Jesús Porta Dovalo, había demandado por daños y perjuicios y el juez le da la razón.
Peligrosidad del amianto
El magistrado Gracia Lafaja recuerda que la peligrosidad del amianto, en España, era conocida ya en 1947 cuando se aprobó por decreto una primera normativa de pregención y dos años después el reglamento. Ambos se apliarn en 1961 con otro más completo. Un año después se estableció la obligatoridad de reconocimientos previos y periódicos de aquellos trabajadores que hubieran de cubrir puestos de trabajo con riestos de enfermedades profesionales. Y, en 1963 una orden ministerial establece los protocolos médicos para los trabajadores expuestos al amianto. Por eso el juez considera que Bazán (luego Izar y más tarde Navantia) «actuó con negligencia al no adoptar medidas protectoras en relación con la exposición del trabajador a una sustancia cuya peligrosidad potencial no puede considerarse fuera desconocida». Y por eso condena a la empresa.
Fuente: La Voz de Galicia
http://www.lavozdegalicia.es/noticia/ferrol/2014/01/27/condena-navantia-muerte-trabajador-afectado-amianto/0003_201401F27C2994.htm