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En INABENSA hubo amianto y fue dicha sustancia la que causó el mesotelioma del trabajador hoy afectado

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Fue el amianto al que el trabajador estuvo expuesto cuando trabajó para Proyectos Técnicos Industriales S.A (PROTISA) el culpable de que contrajera la fatídica enfermedad conocida como mesotelioma y frente a la que lleva luchando ya 2 años. Y es que en esta empresa, que fue absorbida por Instalaciones Inabensa SA, según recoge la Sentencia dictada por el Juzgado lo Social nº 6 de Santander el pasado 11 de abril, en los años 70 el amianto se utilizaba como compuesto que se proyectaba en las vigas de los edificios para que actuara como aislante del fuego. Proyección que hacía que las fibras de amianto se expandieran por el aire, y para lo que Protisa por aquél entonces recomendaba a sus trabajadores “beber leche”. Fue esa exposición al amianto que se utilizó en la construcción de edificios tan emblemáticos como el del Banco Hispano en Zaragoza, el Hospital 12 de octubre o el aparcamiento del Carmen en Madrid, la que ha hecho que casi cuarenta años después el trabajador sufra un cáncer de pleura y sobre el que su señoría no alberga duda alguna respecto a su origen profesional. El reconocimiento de la enfermedad profesional, que inicialmente fue denegada por el INSS que alegó, sin más, que se trataba de una enfermedad común ajena al trabajo desempeñado, supone que el trabajador cobrará el doble de la pensión que hasta ahora cobraba por tener reconocida una incapacidad absoluta. El incremento de esta pensión que ha conseguido exitosamente el despacho de Oria, Pajares & Asociados, es fruto de la pericia médica aportada y del testimonio vertido por los compañeros de trabajo, pues sólo así se pudo acreditar que existía una relación de causalidad entre las tareas desarrolladas en Protisa SA y la cancerígena enfermedad que padece el trabajador. Relación de causalidad que ha hecho que la juzgadora haya aplicado como no podía ser de otro modo la presunción legal que para las enfermedades profesionales legalmente se establece, revocado así la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social a quien condena, al no haber mutua que cubriera la contingencia al momento de trabajar para Protisa SA, a abonar la nueva pensión reconocida.

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