La Letrada de la Administración de Justicia entiende que el juicio del histórico sindicalista y extrabajador de la antigua Bazán, Rafael Pillado, por su contacto del amianto se celebró con todas las garantías. Así, se ha desestimado el recurso de reposición planteado por Izar y Navantia para declarar nula la vista. Una petición que vino motivada, según aclaraba Navantia, por la incomparecencia de su abogado por enfermedad. Contra la decisión judicial cabe la presentación de un recurso de revisión, que deberá notificarse en el plazo de tres días después de la recepción de la resolución. El demandante padece un cáncer irreversible derivado de la presencia del citado material en su puesto de trabajo, según concluye el fallo judicial emitido el pasado mes de septiembre.
En este sentido, el letrado de la defensa del histórico sindicalista y extrabajador del sector naval, Jesús Porta, determina que este procedimiento podría prolongarse todavía más en el tiempo porque, detalla, «existe la posibilidad de que la cuestión de la nulidad llegue hasta el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia y paralelamente se siga avanzando en el recurso a la sentencia emitida por el Juzgado de lo Social, que todo indica que ejerceremos ambas partes», subraya.
Y es que a la petición de la nulidad del juicio, que ha sido formalmente desestimada, se suma la intención que ambas partes han comunicado a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia de recurrir la sentencia del Juzgado de Ferrol, emitida el 26 de septiembre. En el caso de Rafael Pillado, su letrado entiende que la cuantía fijada en el fallo, que asciende a cerca de 128.000 euros, está muy lejos de los 379.276,01 euros que se reclamaban. En lo tocante a los plazos, el TSXG tiene todavía pendiente la puesta a disposición de los autos a las partes personadas en el proceso que, en plazo de 10 días, deberán formalizar el recurso.
Por otra parte, desde Navantia se solicitó un aplazamiento de la vista ante la imposibilidad de su abogado de asistir al juicio por enfermedad, según detallaban desde la empresa naval. La autoridad judicial competente tomó, a pesar de la petición, la determinación de celebrar la vista sin presencia del letrado de la empresa naval. A este respecto, la resolución recuerda que, con arreglo a la legislación vigente, cabe el aplazamiento «por muerte, enfermedad o imposibilidad absoluta, baja por maternidad o paternidad del abogado de la parte que pidiera la suspensión, justificados suficientemente, a juicio de la Letrada de la Administración de Justicia, siempre que los hechos se hayan producido cuando ya no fuere posible solicitar un nuevo señalamiento».
Varios certificados médicos en los últimos meses
Así, Navantia e Izar esgrimieron como vulneración la negativa de aceptar la presentación del citado certificado médico para postergar la celebración de la vista oral. No obstante, según se desgrana en la resolución, la decisión fue adoptada en base a la existencia de diversos certificados similares presentados, en los últimos meses, por parte del letrado de Navantia. Además, el dictamen considera que no existe concreción sobre la enfermedad que padecía el abogado en ese momento y referencia que tan solo se indica el concepto «intervención quirúrgica» en el informe facilitado. Desde el Juzgado de Ferrol entienden, por tanto, que la documentación aportada resulta insuficiente para declarara la nulidad porque, apuntan, consta la «presencia del recurrente en dependencias judiciales de esta ciudad en fechas próximas anteriores y posteriores».
Además, la Letrada de la Administración de Justicia subraya que el abogado no está personado en el procedimiento, sino que lo está la procuradora que es la profesional que ostenta la representación y con la que se entienden las diligencias. En este sentido, el Juzgado de lo Social 2 de Ferrol no recibió ninguna baja médica por su parte, ni tampoco se acordó una sustitución que facilitase la celebración de la vista.
Finalmente, el veredicto tiene en cuenta la situación médica de Rafael Pillado, que padece un «mesotelioma maligno» y que, en vista del riesgo vital que entraña su diagnóstico, había solicitado un adelantamiento en la agenda de señalamientos del juzgado, con el objetivo de poder presenciar y acudir a la vista. Una demanda que fue estimada por las autoridades judiciales competentes en la materia.
El dictamen, según traslada la defensa de Pillado, «ratifica el criterio que defendimos en la vista para la celebración del juicio y entendemos que no debería existir una anulación o repetición por haberse desarrollado con todas las garantías, tal y como se desprende de la resolución de la Letrada de la Administración de Justicia». Es este, defiende Porta, un nuevo aliciente en la batalla de Rafael Pillado por la visibilidad de los efectos nocivos del «asesino silencioso», que constituye el amianto.
Enfermedad profesional
El letrado de Pillado expone también que, además del proceso judicial contra Navantia e Izar, su cliente solicitó, el pasado febrero, la incapacidad permanente absoluta al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Una cuestión que, según determina Porta, al extrabajador del naval le gustaría poder ver materializada y que se «está dilatando de manera considerable en el tiempo».
Con el objetivo de poder agilizar lo máximo posible este trámite, el abogado de Pillado avanza que remitirá la sentencia al organismo estatal, con el objetivo de hacer hincapié en que el origen del mesotelioma ya ha sido catalogado por el magistrado del Juzgado de lo Social 2 de Ferrol como resultado del contacto directo del extrabajador con el material durante su etapa como mecánico montador.
Jesús Porta pone también en valor la aprobación del fondo de compensación para las víctimas del amianto por parte del Gobierno central. «Esta es otra de las causas en las que Pillado y la Asociación Galega de Vítimas do Amianto (Agavida) volcaron todos sus esfuerzos y es muy importante para Rafa el poder ver cumplido este compromiso del Estado», concluye el abogado del histórico sindicalista.
Fuente: www.lavozdegalicia.es
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