El Juzgado de lo Social número 1 de San Sebastián ha estimado la demanda de la viuda e hijos de un trabajador y ha condenado a la Autoridad Portuaria de Pasaia, a la estibadora Algeposa y a Papelera Biyak Bat a pagar de forma conjunta y solidaria 166.745,56 euros más intereses a los demandantes, en concepto de daños, derivados del incumplimiento de la obligación contractual de protección frente a los riesgos laborales, como causa del fallecimiento por cáncer pulmonar del mecánico, tras su prolongada exposición al amianto.
Según han explicado desde la Asociación Vasca de Víctimas del Amianto, Asviamie, el fallecido trabajó como mecánico en la papelera Biyak Bat de Hernani entre 1974 y diciembre de 1983, fecha en que cerró la empresa, realizando tareas de mantenimiento mecánico, "con exposición a las fibras cancerígenas del amianto, presente en las instalaciones".
En la Autoridad Portuaria de Pasaia trabajó desde 1985, siendo encargado de mantenimiento desde 1995, reparando y sustituyendo las zapatas de freno de las grúas y vehículos de transporte de mercancías. En 1998 cogió excedencia, pasando a trabajar a la estibadora Algeposa SA, como responsable del Taller mecánico de reparaciones, hasta su fallecimiento.
Asviamie ha apuntado que, según consta en un informe médico del 24 de marzo de 2021 del Hospital Donostia, se le diagnosticó un "adenocarcinoma pulmonar tras décadas de exposición laboral al amianto". "Pese a las evidencias, no comunicaron sospecha, colaborando en la ocultación del cáncer profesional, falleciendo en octubre de 2022 a causa de dicha enfermedad", han afirmado desde la asociación.
Tras las gestiones realizadas por Asviamie, en abril 2023, Osalan lo incluye en el fichero, como trabajador expuesto al amianto, y en julio del mismo año el INSS reconoce a la viuda las prestaciones derivadas de enfermedad profesional.
FICHERO DE AMIANTO
En el juicio celebrado el pasado 28 de octubre, la Autoridad Portuaria manifestó que "no tiene constancia de la exposición al amianto del fallecido y, aunque la Inspección de Trabajo les requirió realizar un inventario del amianto presente e incluir en el Fichero del amianto a los trabajadores que estaban o hubieran estado expuestos, a este trabajador no se le incluyó".
Algeposa, por su parte, afirmó que "las zapatas de freno no contenían amianto desde 1994". Sin embargo, el informe emitido por Osalan concluye que "según la información aportada en la solicitud de informe sobre la posible exposición al amianto, el trabajador estuvo en contacto con amianto presente y manipulándolo con ocasión de averías de calderas de fuel, recubrimiento de tuberías de vapor, zapatas de freno de motores y también realizando la sustitución y preparación de zapatas de freno de las grúas y grandes vehículos de transporte de mercancías y desarrollando la actividad de mecánico de reparaciones".
"Por lo expuesto, es probable que estuviera expuesto a la inhalación de fibras de amianto en las empresas Papelera Biyak-Bat, Autoridad Portuaria de Pasajes y Estibadora Algeposa en su trabajo como mecánico de mantenimiento y reparaciones", añade.
La Asociación Vasca de Víctimas del Amianto ha mostrado su satisfacción por la sentencia que "deja una vez más en evidencia el incumplimiento empresarial frente a la principal causa de muerte laboral, que la Comisión Europea sitúa el 52% de las muertes por cáncer laboral, mientras se continúa irresponsablemente, ignorando el riesgo de las sustancias cancerígenas".
Asviamie, además, ha reclamado a Osakidetza "cumplir con la obligación, que les señala el Real Decreto 1299/2006 comunicando sospecha tras diagnosticar una enfermedad de posible origen laboral" y ha subrayado que "no puede continuar siendo el cómplice de la ocultación del cáncer profesional favoreciendo que las empresas eludan la adopción de medidas preventivas frente a las múltiples sustancias cancerígenas presentes en los puestos de trabajo".
Fuente: www.gentedigital.es
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