El juicio por la demanda presentada contra Metro de Madrid por los hijos de un trabajador jubilado, fallecido por un cáncer de pulmón causado por exposición al amianto, ha quedado visto para sentencia.
En el juicio, celebrado este jueves en el Juzgado de lo Social número 29 de Madrid, la letrada de la compañía ha sostenido que no ha quedado que el empleado estuviera expuesto al amianto en su puesto de trabajo y ha vinculado el cáncer de pulmón con el tabaquismo del fallecido.
La abogada de Metro de Madrid ha argumentado que no existe declaración de enfermedad profesional y que no corresponde la aplicación del acuerdo alcanzado en julio de 2022 entre la empresa madrileña y los afectados para resarcir económicamente a las familias de trece trabajadores fallecidos y a otros siete afectados, a la vez que ha pedido que se tome como referencia el baremo de accidentes de tráfico para indemnizar a los demandantes.
Tras años de litigios, ese acuerdo ante la Justicia determinó el pago de unos 200.000 euros tanto a las familias de los fallecidos como de los afectados, y de entre 66.650 y 115.525 a los hijos; prevé que se indemnice igualmente a futuras víctimas y estipula que Metro desistirá de todos los procedimientos existentes ante la Jurisdicción Social.
El letrado de la familia, Fernando Morillo, ha manifestado que este es "un caso claro de exposición al amianto", ya que el empleado trabajó durante once años (desde 1975 hasta 1985-1986) en una subestación eléctrica, donde, según un informe de Inspección de Trabajo, "había y hay amianto".
Morillo ha apuntado que no se discute que el trabajador falleció a causa de un cáncer de pulmón, una patología que figura en el cuadro de enfermedades profesionales provocadas por las tareas de limpieza y reparación de piezas con amianto.
Ha justificado la ausencia de reconocimiento de la enfermedad profesional por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social en la ausencia de beneficiario del recargo de prestaciones de la Seguridad Social (su mujer falleció) y ha reclamado la "plena aplicación" del acuerdo de 2022 que supondría una indemnización de 213.300 euros para sus clientes por el daño que les ha producido el fallecimiento de su padre.
El fallecido desarrolló su vida laboral en la compañía desde 1975 hasta su jubilación en 2003. Comenzó a tener los primeros síntomas de un cáncer de pulmón en marzo de 2021 y falleció a los 80 años, el 1 de diciembre de 2021. Fue fumador hasta los 40 años.
En la sesión un perito médico de la familia ha explicado que en este caso se cumple el periodo de latencia de la enfermedad que oscila entre diez y cuarenta años, hay una relación de causa-efecto entre la exposición al amianto y el cáncer de pulmón y hay un informe de Inspección de Trabajo en el que se especifica que en el mantenimiento de subestaciones eléctricas hay exposición a este material.
Un responsable de Prevención de Riesgos Laborales de Metro ha dicho que, según los estudios realizados por la compañía, de 115 subestaciones eléctricas, sólo 49 tienen elementos con amianto, pero ello no significa que haya exposición a este material, porque "si no está en malas condiciones, nada impide trabajar con él".
Un neumólogo propuesto por la compañía ha indicado que el tabaquismo es la principal causa del cáncer de pulmón y en este caso "no hay asbesto por ningún lado", al no haberse detectado fibras de este material por inhalación.
Fuente: www.lavanguardia.com
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