Sindicatos y víctimas del amianto piden una exención tributaria para las indemnizaciones previstas en la Ley de creación de un fondo de compensación que fue aprobada el pasado 5 de octubre en el Senado.
CCOO y UGT junto con la Federación Estatal de Asociaciones de Víctimas del Amianto (FEDAVICA) han solicitado reuniones a los grupos parlamentarios del Congreso y han remitido el texto de una enmienda a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 para que se incluya una exención fiscal que evite a las personas afectadas y beneficiarias del fondo tener que cotizar en los tramos más altos del IRPF en el ejercicio fiscal en el que cobren la indemnización.
La no inclusión de una exención fiscal para las indemnizaciones previstas en la Ley 21/2022, obligará a las personas afectadas a tributar entre un 45% y un 47% del total de sus ingresos de ese año, a diferencia de lo que sucede con otras indemnizaciones ya existentes.
Dicha exención, que evitará a las personas afectadas y beneficiarias del fondo tener que cotizar en los tramos más altos del IRPF en el ejercicio fiscal en el que cobren la indemnización, ya fue solicitada por la FEDAVICA, CCOO y UGT durante el trámite parlamentario, pero la petición no fue atendida por los grupos parlamentarios del Gobierno.
La enmienda propone incluir las indemnizaciones del fondo del amianto entre las rentas exentas de tributar previstas en el Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tal y como ya sucede en el caso de las víctimas del terrorismo o el VIH.
El plazo para que los Grupos Parlamentarios presenten enmiendas al articulado de la Ley de los PGE finaliza el próximo 28 de octubre, por lo que FEDAVICA, UGT y CCOO solicitan a los grupos la presentación de la enmienda antes de esa fecha y el apoyo para su aprobación en la votación del proyecto de Ley.
Advierten de que de no ser introducida la exención tributaria provocará “una revictimación de las personas afectadas por el amianto que serán, de facto, consideradas víctimas de segunda categoría en comparación con el resto de situaciones que sí cuentan con la exención”.
Además, recuerdan que el Estado español “tiene una deuda contraída con estas personas ya que fue uno del Estados de la UE que más tardaron en prohibir de manera definitiva el uso de cualquier tipo de variedad de amianto, a pesar de la existencia de una contundente evidencia científica sobre sus efectos desde hacía décadas”.
Sin olvidar -añaden-“que en España aún quedan por retirar cerca de dos millones y medio de amianto instalado sin que el Estado haya aprobado un plan nacional de erradicación del amianto que nos evite que la epidemia del amianto continúe afectando a las siguientes generaciones de nuestro país”.
A todo ello se une el hecho de que las personas afectadas que tuvieran la posibilidad de pleitear contra la empresa responsable del daño no recurrirían en primera instancia al Fondo de compensación y optarían en primer término a la vía judicial, cuyas indemnizaciones sí gozan de la exención tributaria.
“Ya tenemos la experiencia de décadas en recurrir a los tribunales para resarcir a las víctimas del amianto y sabemos que es un trayecto que se prolonga durante años (cuando la esperanza de vida de las personas afectadas por el amianto se reduce en muchos casos a unos pocos meses) y que está lleno de incertidumbres”, afirman.
La propuesta de crear un fondo de compensación nació precisamente de la necesidad de “evitar este calvario” al que las víctimas del amianto se ven sometidas y “la cuestión de no gozar de la exención tributaria llevaría en la práctica al traste la consecución de este objetivo compartido por una inmensa mayoría de la sociedad española”.
Fuente: www.nuevatribuna.es
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