El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha respaldado parcialmente el recurso de Teunsa Técnicas de Restauración, confirmando la condena de 322.029,87 euros a la empresa por la exposición al amianto de un trabajador que desarrolló un cáncer de pleura. La Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi, Asviamie, informó que la responsabilidad solidaria se mantiene para las demás empresas demandadas.
Así, ha explicado que el operario trabajó en diferentes empresas de construcción: Instituto Vasco de Servicios Auxiliares entre el 2000 y 2002; Restaurobras entre el 2002 y el 2003; y desde el 2003 hasta diciembre de 2016 en Rehabilitaciones Generales, que fue absorbida por Teunsa Técnicas de Restauración SA, donde trabajó hasta marzo de 2017.
De 2017 a junio de 2020 trabajo en Bekabi II Erainkuntzak SL, hasta que causo baja en febrero de 2020, tras diagnosticarle un mesotelioma pleural maligno. En noviembre de 2020, el INSS acepto el cambio de contingencia solicitado, determinando que la baja era derivada de enfermedad profesional, responsabilizando del pago a la Mutua Asepeyo.
Asviamie ha apuntado que el 28 de julio de 2020 fue incluido por Osalan en el Fichero de trabajadores expuestos al amianto y en enero de 2021 se le concedió la Incapacidad Absoluta. El 1 de febrero de 2022 el Juzgado de lo Social No2 de San Sebastián dictó sentencia confirmando la enfermedad profesional.
"El trabajador enfermo, no recibió prendas de protección para trabajos con amianto, tampoco fue informado del riesgo, ni se le realizó reconocimientos médicos específicos, ni realizaron mediciones de fibras de amianto en él puesto de trabajo, también consta, que realizaban los trabajos de limpieza y barrido, sin protección respiratoria", ha señalado la asociación.
Además, ha destacado que "el mesotelioma no requiere una exposición intensa o prolongada de fibras de amianto". La sentencia del juzgado de lo Social número 2 estimó la demanda del trabajador enfermo y condenó a Renovask SL y Teunsa a que abonen solidariamente 350.070,52 euros al enfermo en concepto de daños y perjuicios.
RECURSO
Teunsa recurrió la sentencia, pidiendo la nulidad de las actuaciones, alegando que "contiene datos inexactos y cuestionar que se trate de enfermedad profesional (pese a la sentencia firme que lo ratificó en 2022)", argumentos que el TSJPV desestima, al considerar que "el error en los datos, no tiene mayor relevancia", aunque estima, que el periodo de responsabilidad de Teunsa "es del 91,99%, reduciendo la indemnización a 322.029,87 euros a pagar de forma solidaria.
Asviamie ha mostrado su satisfacción con esta sentencia ya que "sitúa la importancia del cumplimiento de las medidas de seguridad con el amianto, en las peligrosas tareas de demolición y rehabilitación de vivienda, por la presencia de fibras del amianto asesino".
Por ello, considera "urgente" la implicación de "todos los agentes y los empresarios en particular, para extremar las medidas de seguridad en las actividades de retirada del amianto y en la rehabilitación de viviendas construidas entre los años 1950 y 1990, para evitar una segunda oleada de cáncer y enfermedades respiratorias".
Fuente: www.consalud.es
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