La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado la firmeza de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que estimó el recurso de los familiares de un trabajador de la empresa Uralita en Getafe, fallecido tras estar expuesto al amianto, por lo que recibirán una indemnización de unos 123.000 euros.
De este modo, se ha rechazado el recurso de casación para la unificación de la doctrina interpuesto contra la sentencia del TSJM que revocó otra resolución del Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid de 25 de enero de 2018 que dio la razón a la empresa.
El Tribunal Supremo considera que la sentencia recurrida contiene una extensa fundamentación acerca de la relación de causalidad «entre los incumplimientos empresariales en materia de prevención del riesgo laboral ligado al trabajo con exposición continua al amianto en la fábrica de Uralita en Getafe y el resultado dañoso, mortal en el caso de autos, aplicando al efecto la doctrina previa de la Sala sobre el particular».
«De forma que en los hechos probados figura que la causa de la muerte del trabajador fue no solo el EPOC hipercápnico, sino también la enfermedad profesional, asbestosis pulmonar», según la sentencia fechada el pasado 23 de julio a la que ha tenido acceso Europa Press.
Fuente: www.madrid24horas.com
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