El Ministerio de Seguridad Social y el Instituto Nacional de Estadística han reconocido recientemente 119.957 muertes entre 2017 y 2021 a causa de enfermedades (laborales o no) derivadas de la inhalación de fibras de amianto, es decir, unas 24.000 muertes anuales. Cifras que muestran la envergadura de la catástrofe sanitaria, causadas por el amianto, tantas veces silenciada y ocultada por las Instituciones españolas o vascas. Paralelamente, el CEPROSS, registro de enfermedades profesionales del Ministerio, recogía, el año 2022, las cifras más elevadas de los últimos años de enfermedades profesionales causadas por el amianto: 76 cánceres y 68 enfermedades respiratorias.
Aceptando, que un porcentaje de las 119.957 muertes, son causadas por la exposición ambiental o domiciliaría a fibras cancerígenas, él contraste de cifras, nos muestra el enorme subregistro y ocultación de las enfermedades profesionales causadas por exposición laboral al amianto. Cifras, que al parecer, están motivando las dudas del Gobierno, a la hora de la puesta en marcha del Fondo de Compensación para las víctimas del amianto.
Hay quien piensa, que la causa de dicho subregistro, se sitúa, en que las empresas, no informaron del riesgo, ni notificaron a la autoridad laboral las personas expuestas, al desconocimiento social sobre las enfermedades profesionales y al generalizado incumplimiento del artículo 5 del Real Decreto 1299/2006, por parte de los profesionales sanitarios de la Sanidad Pública, eludiendo la obligación de «Comunicar sospecha», tras diagnosticar una enfermedad, incluida en dicho R. Decreto. Lamentablemente, la conspiración de los agentes implicados para ocultar la relación entre la exposición laboral y la enfermedad, es bastante más amplia, incluida, la práctica prevaricadora de altos funcionarios del INSS, organismo competente para aprobar las prestaciones de enfermedad profesional, en vía administrativa.
La dirección del INSS Álava, destaca, entre estos, por su «negacionismo», llegando a ignorar las conclusiones del Equipo de Valoración, a la hora de emitir resoluciones contrarias, incluso ignorar los compromisos adquiridos con el Convenio de Colaboración, firmado por INSS-Osakidetza-Osalan para las enfermedades del amianto. Al parecer, tratan de desmoralizar al enfermo solicitante y las viudas, por atreverse a reclamar, obligándoles a acudir a la vía judicial. No es una acusación gratuita, veamos algunas de sus injustas resoluciones:
1. Al compañero Simón A. le diagnosticaron un Mesotelioma pleural, a finales de 2018, después de trabajar como Instrumentista desde 1970, en Aceros de Llodio (planta siderúrgica con amplio historial de enfermedades por el uso de amianto), controlando la temperatura de los hornos. Tras el cierre de la planta, se trasladó a Sidenor Basauri, hasta su jubilación. Osakidetza comunico «Sospecha del origen profesional de su enfermedad» En julio de 2019, el INSS de Álava, rechaza tratarse de una EEPP. En mayo siguiente, el Juzgado de lo Social N.º 2, resuelve qué Simón, estuvo laboralmente expuesto al amianto y tiene derecho a las prestaciones de enfermedad profesional.
2. Vicente G.R., que igualmente trabajo en Aceros de Llodio entre 1963 y 1987, falleció en 2019, a causa de cáncer pulmonar, con placas pleurales indicativas de su exposición al amianto. En octubre de 2020, la viuda solicita las prestaciones de Viudedad, Muerte y Supervivencia derivadas de EEPP, después de 29 meses sin respuesta, en mayo de 2023, la viuda insiste en requerir una resolución, finalmente en julio, casi tres años más tarde, el INSS rechaza el origen laboral de la enfermedad y fallecimiento de Vicente. Demanda judicial presentada.
3. Juanjo A. Z., también trabajo en Aceros de Llodio entre 1966 y 1983, fallecido por Asbestosis, patología probada por la autopsia, donde aparecieron cuerpos de amianto. En diciembre de 2020, su viuda presento una solicitud al INSS, reclamando las prestaciones de Viudedad, Muerte y Supervivencia. Dos años más tarde, Eva María Moreno, subdirectora del INSS, sorpresivamente, contesta a la abogada: «La pensión de enfermedad común que percibía, es más elevada que la de enfermedad profesional y, por tanto, se mantiene». Tras reclamar una resolución, con la justa Base Reguladora, continúa esperando la resolución.
4. Cosme C.C., que trabajo en una subcontrata de Forjas Alavesas-Acenor, fallece, con diagnóstico de Mesotelioma pleural. En abril de 2018, la viuda reclama las prestaciones derivadas de enfermedad profesional, 15 meses más tarde, recibe una resolución denegatoria. Finalmente, un año más tarde, el Juzgado de lo Social N.º 2 de Vitoria, le reconoce las prestaciones de enfermedad profesional.
5. Francisco F., tras trabajar en el Moldeo y de gruista en la fundición de Forjas Alavesas-Acenor. En junio de 2019, solicita el reconocimiento de enfermedad profesional, transcurridos 31 meses, recibe la denegación. En abril de 2023, se le reconoce la enfermedad profesional mediante sentencia judicial.
6. Rodolfo N. trabajó de albañil en contacto con amianto en Echevarría Cablerías del Norte, falleció a consecuencia de un mesotelioma pleural, la viuda solicita las prestaciones derivadas de enfermedades profesionales, que son denegadas. Tras demanda judicial, en octubre de 2019, se le reconocen las prestaciones derivadas de enfermedad profesional.
7. Juan Cruz I., trabajador de Tuboplax entre 1970-85, el verano de 2022, se le diagnostica un mesotelioma pleural epitelioide, se solicitó el reconocimiento de las prestaciones de enfermedad profesional, seguimos sin resolución.
8. José G.U., trabajador de Acenor y posterior de Sidenor, empleado en los Hornos de Temple y Chorro de Arena, falleció por cáncer pulmonar, después de más de 30 años que abandono el hábito tabáquico. En mayo de 2022, se presentó la solicitud de cambio de contingencia, sobre el origen de la enfermedad y fallecimiento, 15 meses después silencio como respuesta.
Podría seguir, con el amplio de historial de respuestas negativas e injustificables tardanzas en las resoluciones, hechos que multiplican la angustia y el dolor de las personas enfermas o sus familiares. Primero, se nos ocultó, el riesgo de trabajar con un cancerígeno tan peligroso. Una vez enfermos, se burlan de nosotros, negándonos el origen de la enfermedad, incluidas, las prestaciones de la seguridad social correspondientes a enfermedad profesional. Supongo, que quienes habéis leído estas líneas, habréis dejado de sorprenderos por el subregistro de las enfermedades profesionales causadas por el amianto. Concluyo: Estas u otras prácticas «negacionistas», no nos van a desmoralizar, ni vamos a desistir en reclamar el origen de la enfermedad. Mientras tengamos capacidad respiratoria en los pulmones, seguiremos peleando contra tanta condena a muerte prematura. Ahora bien, tanta burla y desprecio a las víctimas, bien merece, una respuesta contundente de las trabajadoras y trabajadores y la sociedad vasca.
Fuente: www.naiz.eus
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