El Congreso de los Diputados ha dado el definitivo visto bueno a la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, que supondrá la creación de dos nuevos impuestos: uno sobre los envases de plástico de un solo uso y otro que grava el depósito de desechos en vertederos y la incineración. Además, a través de un par de enmiendas, se modifica la Ley de Aguas para poder recuperar el canon hidroeléctrico que deberán pagar las compañías eléctricas y que fue anulado por el Tribunal Supremo. La Comisión Europea está haciendo un marcaje de la tramitación de esta norma y ha abierto un expediente de infracción contra España por no haber aplicado ya el veto a la comercialización de varios productos de plástico de un solo uso, que se incluye en la ley.
De hecho, los dos nuevos impuestos se crean a instancias de Bruselas. El de los envases está recogido en una directiva comunitaria que los Veintisiete deben cumplir. El que grava el depósito de residuos en los vertederos y la incineración surge de una recomendación que la Comisión realizó a España en 2018 ante las bajísimas tasas de reciclaje que tiene el país. La UE impuso hace más de una década que todos sus miembros debía reciclar en 2020 el 50% de sus residuos municipales. Pero en 2020, España estaba en el 36%, según los datos de Eurostat. Lejos de aflojar, Europa ha establecido metas aún más duras y en 2030 se deberá llegar al 60% y en 2035, al 65%. La norma aprobada hoy deberá servir para enderezar el rumbo.
La ley incluye el veto a la comercialización de determinados utensilios de plástico de un solo uso como pajitas, vasos y platos, y prohíbe añadir microplásticos a cosméticos o productos de limpieza. También contempla la obligación de que los bares ofrezcan agua no embotellada gratis a los clientes, el impulso a la venta a granel en las grandes superficies comerciales y ofrece amparo legal a los ayuntamientos para que puedan prohibir que se fume en las playas.
Aquella recomendación de Bruselas de 2018 de la Comisión también pedía que España introdujera la obligación de la recogida separada de la basura orgánica —el contenedor marrón que ya empiezan a imponer algunas regiones—. La nueva ley de residuos establece que a partir de julio del año que viene todos los ayuntamientos de más de 5.000 habitantes deberán contar con sistemas de recogida separada de la basura orgánica, además de las de papel, metales, plástico y vidrio —las localidades más pequeñas tendrán de margen hasta 2024—. Además, todos los municipios deberán tener recogida separada también de residuos textiles y de aceites de cocina antes del 31 de diciembre de 2024.
El informe de la Comisión también proponía que se fijaran objetivos vinculantes de recogida separada para las administraciones locales. Para 2035, “el porcentaje de residuos municipales recogidos separadamente será como mínimo del 50% en peso del total de residuos municipales generados”, señala ahora la nueva ley de residuos, que sustituye a la de 2011.
Estas son otra de las medidas importantes de esta nueva norma:
Veto a 10 productos de plástico de un solo uso. A partir de la entrada en vigor de la ley no se podrán comercializar utensilios como los bastoncillos de algodón que contengan plástico, los cubiertos, los platos, las pajitas o los recipientes para bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones.
Venta a granel. Antes de que acabe 2023 los supermercados de más de 400 metros deberán dedicar al menos el 20% de su superficie a la venta de productos sin embalaje. Además, todos “los establecimientos de alimentación que vendan productos frescos y bebidas, así como alimentos cocinados, deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables”.
Retirada del amianto. La norma establece que “en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley, los ayuntamientos elaborarán un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto incluyendo un calendario que planifique su retirada”.
Destrucción de excedentes. La norma prohíbe que se destruyan los “excedentes no vendidos de productos no perecederos tales como textiles, juguetes o aparatos eléctricos”. Y añade: “Dichos excedentes se destinarán en primer lugar a canales de reutilización, incluyendo su donación, y cuando esto no sea posible, a la preparación para la reutilización”.
Agua no embotellada. Las administraciones deberán fomentar el consumo de agua no embotellada en sus instalaciones a través de la instalación de fuentes públicas. Del mismo modo, en “los establecimientos del sector de la hostelería y restauración se tendrá que ofrecer siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento”.
Tabaco en las playas. La nueva norma también ofrece respaldo legal a los ayuntamientos que quieran vetar el tabaco en las playas: “Los ayuntamientos podrán regular las limitaciones de fumar y de liberar de forma intencionada globos en las playas, que se podrán sancionar en las ordenanzas municipales con arreglo al régimen de infracciones y sanciones de la presente ley”. Muchos regidores en España han ido aprobando en los últimos años vetos al tabaco en las playas, pero con esta nueva ley tendrán el respaldo legal para aplicar multas si quieren. Incumplir estas limitaciones estaría considerado una falta leve, que implica una posible multa de “hasta 2.000 euros”.
Sanciones. La nueva ley actualiza el régimen sancionador. Las infracciones muy graves estarán castigadas con multas de entre 100.001 y 3.500.000 euros (en la anterior ley la sanción oscilaba entre los 45.001 y los 1.750.000 euros). Lo mismo ocurre con las faltas graves, que podrán ser sancionadas con hasta 100.000 (antes 45.000). Y con las leves, que podrán llegar hasta los 2.000 (antes 900). Además, por primera vez se incluye como una infracción el abandono y el vertido de basura dispersa (conocido por el término inglés littering) en la naturaleza, que se considerará una falta grave. Lo mismo ocurrirá con las quemas de residuos agrarios y silvícolas si no se cuenta con una autorización.
Disruptores. En el trámite en el Senado el PSOE, con el apoyo del PP, había rebajado las referencias al bisfenol-A y los ftalatos con el argumento de que su veto y regulación corresponde a la Comisión Europea y sus instituciones. En el proyecto que llegó al Senado se abogaba por la prohibición de ambos disruptores endocrinos —sustancias químicas que afectan negativamente a la salud—. Sin embargo, el veto se rebajó en la Cámara alta, lo que motivó las quejas de Unidas Podemos. Finalmente, ese cambio se ha revertido y vuelven a prohibirse tras el trámite final en el Congreso.
Fuente: www.elpais.com
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