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Condena a Arcelor Olaberria al recargo de prestaciones del 40%

España

El Juzgado de lo Social Nº 1 de Donostia, declara la existencia de responsabilidad empresarial de ARCELOR MITTAL GIPUZCOA, (PLANTA DE OLABERRIA) por la falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo con el amianto, en relación al Carcinoma pulmonar y EPOC severo, que afectó y causo la muerte del gruista Marcos Pecharroman en febrero de 2014, declarando la procedencia de un Recargo del 40% a las pensiones de viudedad y orfandad, con un hijo minusválido. Unos meses antes, el Juzgado de lo Social Nº 5 de Donostia, desestimó el Recurso de Arcelor Mittal, contra las prestaciones de enfermedad profesional, reconocidas por la Seguridad Social. Como explica ASVIAMIE, Marcos Pecharroman, trabajó entre 1958 y el año 2000 en la acería de ARISTRAIN de Olaberría, actual planta de Arcelor Mittal, desarrollando tareas en la rebaba y moldeo, sopletista de acería, cortando los rabos, separando el acero del material refractario, limpieza, mantenimiento, enganchador de palanquilla y manejo de grúas. En ese proceso productivo, como afirman los testigos, trabajaba en un intenso ambiente de polvo de amianto, que era utilizado como aislante o en puntos sujetos a fricción. «La sentencia, al igual que ha indicado de forma reiterada la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, entre otras sentencias, señala la amplia legislación cuyo cumplimiento no acredita la empresa entre 1958 y 1985, fecha que la empresa, afirma que comenzó a retirar el amianto. Por tanto, la Sentencia deja en evidencia al Inspector de Trabajo Sr. Juan Miguel Zubeldia, que afirma para rechazar el Recargo “No existir Normativa exigible en aquel momento respecto a la utilización del amianto”, precisa la Asociación de Víctimas del Amianto (ASVIAMIE) La acociación manifiesta su satisfacción por esta sentencia que «sanciona a ARCELOR MITTAL y beneficia a la familia, tras décadas de incumplimiento de la legislación sobre las más elementales medidas de Seguridad e Higiene, que la Dictadura, obligaba a las empresas». Agradece, por otro lado, que la Sentencia, se apoye en la Doctrina del Tribunal Supremo y desbarate la argumentación del Inspector de Trabajo «sobre la no existencia de Normativa hasta el 84», tantas veces utilizadas, en el marco de lo que Asviamie denomina “PACTO DE SILENCIO” para negar y ocultar el cáncer pulmonar y las enfermedades respiratorias de origen profesional. Finalmente, ASVIAMIE EMPLAZA a las grandes empresas a comprometerse con los gobiernos, para «la urgente creación del Fondo de Compensación para las Victimas del amianto» y anima a los enfermos y familiares «a luchar, para lograr el reconocimiento del cáncer profesional y la compensación por el daño causado tras los incumplimientos empresariales». Fuente: www.elperiodistacanalla.net https://elperiodistacanalla.net/2016/04/02/condena-a-arcelor-olaberria-a-recargo-del-40-por-muerte-por-amianto/

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