El próximo lunes en el juzgado de lo Social Nº 5 de Donostia, se juzgará la demanda contra CAF y el INSS, donde J.I.C.S reclama Recargo de Prestaciones por la falta de medidas de seguridad con el amianto, como causa del mesotelioma pleural que padece y reconocida como enfermedad profesional.
J.I.C.S trabajo en la empresa Construcción Auxiliar de Ferrocarriles CAF entre el 22 de julio de 1965 y el 2012, en la sección 141, como operario de Torno y Rectificadora. En septiembre de 2019, le diagnosticaron un MESOTELIOMA MALIGNO en el Hospital de Donostia.
El 22/4/2020 al trabajador se le declaro afecto de Incapacidad Permanente Absoluta derivada de enfermedad profesional.
El trabajador J.I.C.S permaneció expuesto a amianto durante el periodo en que trabajo para la empresa CAF. El amianto era utilizado en el montaje de los vagones como material aislante de los componentes fabricados, por lo que las fibras de amianto se encontraban presentes en el puesto de trabajo ocupado por el trabajador, dado que, se dispersaban las fibras cancerígenas por todo el ambiente de la nave y los puestos de trabajo.
La utilización más profusa del material, con contenido de amianto, se daba en las unidades de largo recorrido, en la calorifugación de las tuberías, tubos de escape del TER, ELECTROTREN y en el relleno de paredes y techos.
Igualmente, el trabajador colaboró en los trabajos de retirada de placas de URALITA o fibrocemento de la cubierta de las naves en los años 90, que resultaron dañadas a consecuencia de una fuerte granizada, expuesto, por tanto, a las fibras de amianto que se desprendían de las Uralitas dañadas, al realizarse dicha actividad sin la protección respiratoria que la legislación requería.
El INSS, dictó en su día, una Resolución denegando el Recargo de Prestaciones solicitado, ya que consideraba que según OSALAN existía una baja probabilidad de exposición del trabajador al amianto en el desempeño de su trabajo, no pudiendo constatar relación de causalidad de la enfermedad del trabajador y el incumplimiento empresarial de las medidas de seguridad.
Sin embargo, son muchos los casos de trabajadores de la empresa CAF S.A. a los qué tras enfermar, se les han sido reconocido un recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad frente al riesgo de la exposición al amianto, entre ellos un trabajador que desempeñaba los mismos trabajos que J.I.C.S.
Resultando del todo incongruente, que, en esta ocasión, el INSS considera que en un supuesto similar, no proceda la imposición de este Recargo por falta de medidas de seguridad solicitado, obligando al enfermo a recurrir a la vía judicial.
Fuente: www.rebelion.org
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