Han transcurrido casi 20 años desde que se prohibió el amianto en España. Una prohibición a medias, porque se consintió que los productos y aplicaciones ya instalados a lo largo de todo el siglo XX, junto con los residuos generados durante décadas de actividad industrial, permanecieran entre nosotros.. Una decisión incongruente con el objetivo que se perseguía, “proteger la salud humana”.
Habrá que reconocer que esa media verdad ha resultado convincente, para una gran parte de la sociedad, que piensa que como el amianto está prohibido “…se acabó la rabia”. Nada más lejos de la realidad, como nos indicaba Paco Puche: convivimos con un vecino muy peligroso que está presente, “en cada rincón de nuestras vidas”. “No ha quedado resuelto el problema de la contaminación por este mineral, ni mucho menos. Al revés, ahora es mucho más peligroso porque nadie toma la menor precaución en su manejo y con su coexistencia”.
¿Hasta cuándo tendremos que convivir con el amianto?
Según la normativa española, hasta que los productos o aplicaciones que contienen este cancerígeno lleguen al fin de su vida útil, pongamos que 40 años en términos generales Se calcula que un 65% de esos materiales o aplicaciones ya habría sobrepasado ese periodo, y en 2030 lo hará más del 80%. Mientras tanto, el amianto que contienen se va desprendiendo; lenta, paulatina y progresivamente, o de forma abrupta (terremotos, nevadas, granizo, demoliciones, reformas, etc.): billones de fibrillas cancerígenas miscroscópicas pasan al aire, al suelo o al agua.
Sostener que el amianto instalado no es peligroso hasta el preciso instante en el que finaliza su vida útil, es un ejercicio de negacionismo, similar a rechazar las evidencias y efectos del cambio climático, o a dudar sobre la existencia del coronavirus y sobre la pandemia, pese a los cientos de miles de muertes que está provocado en todo el mundo.
Según la Directiva europea, “los Estados miembros podrán prohibir en su territorio, por razones de protección de la salud, el uso de tales productos antes de su eliminación o el fin de su vida útil”. Sin embargo, el gobierno de España decidió eludir este párrafo en la redacción del texto legal que prohibía el amianto. Ha llegado el momento de invocar esta obligación impuesta por la Comisión Europea, a través de la Directiva: es preciso exigir al estado español que proceda a erradicar todo el amianto presente en edificaciones, infraestructuras, suelos contaminados, vertidos de residuos y vertederos, para, ahora sí, proteger la salud humana frente a esta peligrosa amenaza.
Las normas de las que nos habíamos dotado en la UE para la prevención de los riesgos derivados de la exposición al amianto han tenido una eficacia limitada, como ya reconocía en 2013 el Parlamento Europeo en la Resolución “Riesgos para la salud en el lugar de trabajo relacionados con el amianto y perspectivas de eliminación de todo el amianto existente”, y como también expuso en 2015 el Comité Económico y Social Europeo (CESE) en su Dictamen sobre “Erradicar el amianto en la UE”, y el más reciente Dictamen de 2019 sobre «Trabajo con amianto en la renovación energética». Las consecuencias, nos encontramos tras 20 años de la “prohibición” del amianto con un problema aún de una enorme envergadura, con 88.000 vidas segadas por el amianto en Europa cada año, en una curva que aún no ha alcanzado su cota máxima.
Y mientras que los poderes públicos no organicen y tutelen las medidas necesarias para la efectiva y segura erradicación del amianto en España, no podremos estar tranquilas y tranquilos.
No podrán estar tranquilas las miles de personas que trabajaron con el asbesto hace 20, 30, 40 años, en las que ahora afloran los primeros síntomas de graves enfermedades, algunas de ellas especialmente letales como el mesotelioma. O que ven como, unos tras otros, fallecen compañeros con los que compartieron faena.
Manuel Amor Deus, dirigente histórico de las CC.OO. de Galicia, trabajó en los astilleros públicos de la Bazán, luego Izar y actualmente Navantia Se preguntaba “¿Qué delito hemos cometido los trabajadores para recibir una condena de privación de la respiración? Acuso a quienes decidieron robar años de vida a la clase obrera… No sé si mi relato valdrá para algo, pero créanme, es necesario hacer frente a este drama que afecta a miles de trabajadores”. Falleció en 2017 tras una dura lucha contra un cáncer provocado por el amianto, que había respirado en los astilleros de El Ferrol, como lo hicieron miles de personas en los históricos astilleros civiles o militares, de Cartagena, San Fernando, Puerto Real, Sestao, Valencia, etc.
Pese a esta cruda realidad, la empresa pública Navantia (perteneciente a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales SEPI) ha negado sistemáticamente la relación de las enfermedades de las personas que trabajaron en los astilleros, pese a las evidencias de cientos de casos y otras tantas resoluciones judiciales, y aunque estén reconocidas por la propia seguridad social; niegan incluso que haya existido exposición al amianto, recurriendo las reclamaciones de las víctimas y de sus familiares, … sometiéndoles a un martirio judicial injustificable.
En la misma situación se encuentran las decenas de miles de personas que acudían diariamente a sus puestos de trabajo en las grandes industrias siderúrgicas de Euskadi, Asturias, etc. y que tuvieron un contacto directo y continuado con el amianto. No pueden estar tranquilos aquéllos y aquéllas que trabajaron en ENSIDESA, SIDENOR, Altos Hornos de Vizcaya, ACENOR y un larguísimo etcétera. Muchas de ellas sociedades públicas, antes integradas en el INI y luego en la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), transferidas a COFIVACASA, sociedad instrumental destinada a la gestión y liquidación de sociedades estatales que, con total desprecio hacia las personas que en su momento trabajaron en estas industrias y que décadas después padecen las terribles enfermedades derivadas del amianto, niega sistemáticamente sus justas reclamaciones, sometiéndolas al mismo calvario judicial.
No pueden estar tranquilas las personas que trabajaron en los estudios de Prado del Rey de RTVE, donde el amianto que se empleó como aislamiento, proyectado en las estructuras, paredes y techos de los platós, se desprendía visiblemente a consecuencia de las ovaciones del público, varias décadas antes de su eliminación, o final de su vida útil. José María Iñigo desempeñó su trabajo para RTVE en estos platós desde 1968 a 1985, de forma ininterrumpida, lo que fue la causa, sin ninguna duda, del mesotelioma que acabó prematuramente con su vida. A pesar de ello, la empresa estatal (participada al 100% por la SEPI), la Seguridad Social y la Mutua de Accidentes de Trabajo le deniegan el reconocimiento de enfermedad profesional, y le obligaron a él y su familia a demandar al Ente público.
¿Hasta cuándo se va a permitir este escandaloso comportamiento de unas sociedades que deben velar por el interés público, antes que rentabilizar sus participaciones empresariales? Es hora de que el Estado español adopte las medidas necesarias para que esta situación no continúe por más tiempo, y se implique en instituir un Fondo de Indemnización para las víctimas del amianto y sus familiares. Y de pedir perdón por el inmenso daño causado.
¿Y hasta cuándo van a permanecer impasibles los ayuntamientos, las comunidades autónomas y el propio Estado, ante las miles de toneladas de residuos con amianto que las industrias criminales abandonaron en el entorno de sus fábricas, y que amenazan aún hoy a decenas de miles de personas?
Si en España se atendió a regañadientes la Directiva Europea para la prohibición del uso y comercialización del amianto, en otros países como Italia, la prohibición fue mucho más temprana (1992) y con una regulación más coherente con el complejo problema que representa el amianto y con la necesaria, ineludible, protección de la salud pública, permitiendo el desarrollo de acciones subsiguientes al fin del uso del asbesto, como la limpieza y rehabilitación medioambiental de las áreas gravemente afectadas por las actividades mineras e industriales, el censo de edificios públicos y residenciales con amianto, el control y la formación profesional para los agentes involucrados en las actividades de retirada y gestión, etc.
Con la prohibición del uso y comercialización del amianto en 2001 el Estado español perdió entonces la oportunidad de evaluar y poner remedio a décadas de contaminación provocada por la utilización masiva de este material cancerígeno, lo que sin duda habría resultado determinante para evitar que hoy decenas de miles de personas aún se puedan ver expuestas a suelos y vertidos contaminados por un agente potencialmente cancerígeno.
Por eso no pueden vivir tranquilas las vecinas y vecinos del barrio de Santa María de Benquerencia (Toledo) [AMB1], tras la prohibición del amianto la fábrica de Ibertubo cerró sus puertas, abandonando decenas de miles de toneladas de residuos dispersas por todo el entorno del barrio. Por ese motivo llevan más de 20 años reclamando a todas las administraciones una solución definitiva y eficaz. Las montañas de residuos aún continúan amenazando sus vidas y sus futuros.
Ni pueden vivir tranquilas las personas de Altza, de Valladolid, de Cerdanyola del Vallés, de Bellavista (Sevilla), o de Getafe (Madrid). Todos ellos son puntos negros de la contaminación de la industria del amianto. En Getafe, en el Polígono San Marcos, conviven hace décadas con un enorme vertedero de la fábrica de Uralita, 150.000 m3 de residuos con amianto que la industria fue acumulando en esta parcela, que hoy se viene denominando “Parque San Marcos”, y cuya titularidad recaería en el SEPES, la Entidad Estatal del Suelo, un organismo público adscrito al Ministerio de Transportes. Un volumen de residuos que daría para llenar 45 piscinas olímpicas.
Los suelos contaminados por las industrias del amianto durante el siglo XX no han sido inventariados ni caracterizados, en la inmensa mayoría de los casos, o no se han establecido prioridades de actuación, incluyendo la limpieza y recuperación de los mismos. Tanto el estado, como las autonomías y los ayuntamientos, todos con sus respectivas competencias y obligaciones, se han saltado a la torera la normativa en vigor en nuestro país. ¿Hasta cuándo?
¿Hasta cuándo vamos a permitir que el amianto se retire de forma ilegal, incumpliendo la directiva europea y exponiéndonos a todos y todas a un riesgo intolerable?
Nos estamos acostumbrando a convivir peligrosamente con residuos con amianto en forma de placas (las famosas uralitas), tubos, etc. abandonados en contenedores, en la misma calle, o en los caminos y carreteras que rodean cualquier población, en miles de escombreras ilegales. Pero no podemos distinguir el amianto que se encuentra mezclado con otros residuos de la construcción, cuando se realizan demoliciones o reformas de edificios e infraestructuras, sin que previamente haya un proceso de identificación y caracterización de estos materiales, para facilitar la correcta segregación de materiales peligrosos como el amianto, que de esa forma pasan a formar parte, de nuevo, del proceso constructivo.
Todo ello tiene su explicación: España no cumple con la Directiva europea 2003/18/CE que establece en su Artículo 10 bis que “Antes del comienzo de obras de demolición o mantenimiento, los empresarios deberán adoptar —si es necesario, recabando información de los propietarios de los locales— todas las medidas adecuadas para identificar los materiales que puedan contener amianto». Pese a que esta Directiva se incorporó a nuestro ordenamiento jurídico a través del RD 396/2006, de nuevo el estado español lo hizo de forma incompleta, al no incluir un importante artículo de la Directiva, que establecía la obligación de que las empresas encargadas de efectuar las obras de retirada del amianto demostraran “su capacidad en este ámbito con pruebas establecidas de conformidad con la legislación y/o con las prácticas nacionales”.
Como la propia asociación profesional de empresas del sector de desamiantado (ANEDES) denunciaba en 2016, en España la normativa existente no garantiza, en absoluto, la correcta ejecución de los trabajos de retirada de amianto, en buena medida porque no existe un procedimiento o medio que excluya a las empresas que no cumplan con unos requisitos previos de capacitación, como sí ocurre en Francia. El resultado, en España tenemos 5 veces más empresas de desamiantado que en Francia, lo que hace prácticamente imposible un adecuado control por parte de la administración competente.
La falta de aplicación de esta Directiva tiene y tendrá efectos perversos en la práctica cotidiana de estas labores de retirada y gestión de residuos con amianto, que se traducirán en una nueva oleada de víctimas del amianto, dentro de 10, 20… 50 años.
¿Hasta cuándo?
Mientras una gran parte de la sociedad ignora esta crisis otra parte, la que tiene la obligación de abordarla y resolverla, solo le presta atención cuando se convierte en un problema para el contrincante, o cuando pretende apuntarse un tanto, sin que en realidad esté en disposición de hacer todo lo necesario por afrontarlo. Tras 20 años de la prohibición del amianto en España, la curva de fallecidos a consecuencia de la exposición a este mineral maldito aún no ha comenzado a declinar. Lo que ocurra de aquí a 20 años, dependerá de lo que estemos dispuestos a hacer hoy.
Antonio Bernardo Reyes. Arquitecto técnico en prevención de riesgos laborales, gestión y coordinación de equipos de trabajo en Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.
Fuente: www.rebelion.org
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